HULMIC SA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Rechazo del beneficio de litigar sin gastos solicitado por la sociedad HULMIC SA. La Cámara concluyó que la actividad financiera y comercial de la actora demuestra recursos suficientes para afrontar los gastos del proceso, por lo que no se configura la carencia de recursos que justifique el beneficio.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sociedad HULMIC SA, representada por su apoderado Mariano CAIZZA, solicitó el beneficio de litigar sin gastos en un proceso de cobro de pagarés. La Cámara, tras analizar la documentación y los hechos, determinó que la actividad de la actora, dedicada a créditos y financiamiento, requiere una estructura financiera sólida que incluye un análisis de riesgos y márgenes de rentabilidad. La actividad empresarial de la actora, con múltiples juicios ejecutivos y una estructura financiera bien fundada, evidencia que no carece de recursos económicos para afrontar los gastos del proceso. La sentencia cita que "el beneficio de litigar sin gastos persigue amparar a quien no dispone de recursos para solventarlos, pero no a quien carece de liquidez, pues éste es un problema financiero que encuentra remedio por caminos ajenos a la tutela de la defensa en juicio". La Cámara concluyó que "el actor expone que no carece de medios para solventar la tasa de Justicia" y que "la actividad que desarrolla el actor claramente evidenciada en los montos dinerarios consignados, y en la prolija instrumentación en pagarés". En consecuencia, se rechazó liminarmente la solicitud de litigar sin gastos, entendiendo que la actora cuenta con recursos suficientes.
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