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**E**DI MAIO JOSE LUIS Y OTRO/A C/ RIVERO ELEUTERIO MARTIN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El juez homologó un acuerdo de pago por daños y honorarios en un proceso por lesiones o muerte, regulando además los honorarios profesionales y periciales y estableciendo las condiciones de notificación y pago.

Danos y perjuicios Regulacion de honorarios Honorarios profesionales Jurisprudencia Proceso civil Mediacion Peritos Homologacion de acuerdo Ley 14.967 La plata

¿Qué se resolvió en el fallo?

El demandante, José Luis Di Maio, promovió una demanda por daños y perjuicios en un expediente de la Primera Instancia de La Plata contra la aseguradora Copan Cooperativa de Seguros Limitada. La resolución homologó un acuerdo de pago por $18.000.000, y reguló los honorarios de la letrada Dra. Natalia Amar en $3.600.000, y los honorarios de los otros profesionales en $1.260.000 cada uno, además de los honorarios del mediador en $1.450.000, todos con los adicionales del 10% por aporte Ley 6716 e IVA cuando corresponda. El magistrado fundamentó la homologación en la existencia de acuerdo válido y en la proporcionalidad de los honorarios respecto a la labor profesional y el monto del acuerdo, en línea con jurisprudencia del Departamento Judicial. También reguló los honorarios de los peritos y del mediador, considerando la etapa previa de mediación y la complejidad del proceso, en consonancia con criterios establecidos por cámaras de apelación y jurisprudencia. La notificación de honorarios deberá hacerse conforme a los artículos 54 de la Ley 14.967, estableciendo plazos y medios adecuados.

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