APAZA AVALOS LIMBER C/ CASTRO HUGO MATIAS Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
El acuerdo extrajudicial por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico. El tribunal homologó la transacción y dispuso que las costas sean soportadas por la aseguradora en garantía, con regulación de honorarios a las partes y al mediador, en atención a los montos y tareas realizadas.
La parte actora, APAZA AVALOS LIMBER, demanda por daños y perjuicios a la demandada CLIBA INGENIERIA AMBIENTAL S.A y la aseguradora PROVINCIA SEGUROS S.A, reclamando una suma de 30.000.000 pesos. Las partes han llegado a un acuerdo transaccional, que fue presentado en formato PDF, solicitando su homologación judicial conforme al art. 308 del CPCC. La homologación fue concedida, homologando lo acordado y estableciendo que las costas sean soportadas por PROVINCIA SEGUROS S.A., según lo pactado en la cláusula cuarta del acuerdo. Además, se regulan los honorarios de los abogados y del mediador, atendiendo a la base del acuerdo y a la tarea realizada, en particular la fijación de honorarios a la mediadora prejudicial Dra. Dora Teresa Mansilla en 30 Jus arancelarios, por considerar que la escala arancelaria no refleja proporcionalmente la tarea cumplida. La sentencia destaca que la voluntad de las partes fue expresada sin vicios y que la homologación es conforme a los arts. 959, 1021, 1061, 2651 y 1643 del CCyCN. Se deja constancia que las costas y honorarios se ajustan a lo acordado, y se remite copia digital a los domicilios electrónicos de las partes y el mediador. La resolución se firma digitalmente en Morón, Provincia de Buenos Aires.
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