Logo

LOZANO JORGE EDUARDO S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declaración de herederos en proceso de sucesión ab intestato por fallecimiento de Jorge Eduardo Lozano, confirmando a sus hijos y cónyuge como herederos universales según el Código Civil y Comercial y las constancias del expediente.

Sucesion ab intestato Her

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia declara en sede de primera instancia que, tras el fallecimiento de Jorge Eduardo Lozano ocurrido el 13 de abril de 2024, le suceden en carácter de herederos universales sus hijos Ismael Esteban, Hernán Ezequiel y Jorge Gabriel Lozano y Vivas, y su cónyuge Luisa Liliana Vivas, en los términos previstos por los arts. 7, 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación. La decisión se fundamenta en la evidencia documental digitalizada, incluyendo certificado de defunción, certificado de matrimonio y certificados de nacimiento, además de la publicación de edictos sin resultado negativo. La resolución confirma la existencia de la sucesión y dispensa la inscripción, cediendo la declaración a los efectos legales correspondientes. La autoridad judicial señala que la declaración no tiene valor para inscripciones, cesiones ni cobro de sumas de dinero. Fundamentos principales: "Que con el certificado digitalizado el 14/4/2025 21:54:09, se acredita la defunción de LOZANO JORGE EDUARDO, ocurrida el 13/04/24." "Que éste era de estado civil casado en sus primeras nupcias con LUISA LILIANA VIVAS, cuyo matrimonio fuera celebrado el día 16/01/86." "Que de esa unión nacieron: ISMAEL ESTEBAN (02/01/87), HERNAN EZEQUIEL (12/12/89) y JORGE GABRIEL (02/04/91)." "Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts.7, 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de LOZANO JORGE EDUARDO le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: ISMAEL ESTEBAN, HERNAN EZEQUIEL y JORGE GABRIEL LOZANO y VIVAS, y su cónyuge: LUISA LILIANA VIVAS." "Se deja constancia que la misma carece de todo valor a los fines de la inscripción, cesión y/o transmisión de bienes y derechos, como así también que carece de valor para el cobro de suma alguna de dinero."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar