LALA AYRTON RICARDO C/ VILLCA ALBIS MARISOL ALEXA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
La sentencia condenó a los responsables del siniestro a abonar la suma de $4.700.000 por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, confirmando la responsabilidad objetiva del conductor y aseguradora, y estableciendo los límites de cobertura y los intereses correspondientes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Lala Ayrton Ricardo, demanda a Villca Albis Marisol Alexa, Villca Aguirre Fabian, Espinoza Ekel Nahuel y la aseguradora Providencia Compañía Argentina de Seguros S.A., reclamando $1.196.554 por daños ocasionados en un siniestro vial ocurrido el 2 de junio de 2021, en Monte Grande. La responsabilidad del conductor y del propietario del vehículo Ford Ranger fue determinada por la mecánica del accidente y la prueba testimonial, sin que surja causa de exoneración. La aseguradora reconoció la cobertura y la validez del seguro, siendo la responsabilidad de los demandados en el hecho acreditada, y la condena se fijó en $4.700.000, con intereses, además de la ejecución contra la aseguradora por los límites del seguro vigente. Se descartó la depreciación del vehículo por falta de prueba adecuada, y se admitió la privación de uso como daño resarcible. La sentencia también dispuso el cumplimiento de las costas y honorarios, y la ejecución contra la aseguradora en los términos de la ley 17.418. Fundamentos principales: "Del examen de las pruebas producidas en las presentes actuaciones no surge acreditada la existencia de ninguno de los factores de exoneración de la responsabilidad del dueño o guardián." "En función de todo lo expuesto tengo por probado que el accionado Espinoza Ekel Nahuel conduciendo la camioneta marca marca Ford, modelo Ranger, dominio CGC-137, embistió en la parte trasera al vehículo del actor marca Peugeot 206, dominio HIZ-152; y producto de ello, el último, impacto con su parte frontal la parte trasera de un Fiat Siena, dominio KQA-145..." "La responsabilidad del conductor y del propietario del vehículo Ford Ranger fue determinada por la mecánica del accidente y la prueba testimonial, sin que surja causa de exoneración." "El límite de cobertura será el que se encuentre vigente y autorizado por la reglamentación al momento del efectivo pago para el tipo de seguro, manteniendo plena vigencia los términos del contrato en cuestión."
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