BONGIORNO, LIDIA NILDA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y confirmó el resto, en un recurso de apelación contra una sentencia que cuestionaba índices de actualización previsional y aspectos de las leyes previsionales. La resolución diferió ciertos aspectos a la etapa de ejecución y declaró la inconstitucionalidad de un tope legal en la ley 24.241.
La parte actora, la Sra. Lidia Nilda Bongiorno, demanda ante el Juzgado Federal Nº 2 en oposición a la resolución judicial, reclamando la actualización de su haber previsional conforme a ciertos índices y cuestionando la constitucionalidad de normas y resoluciones de ANSeS. El tribunal de primera instancia resolvió en favor de la actora, aplicando ciertos índices y declarando la inconstitucionalidad del tope en la ley 24.241. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente esa sentencia, diferiendo ciertos aspectos a la etapa de ejecución y confirmando la declaración de inconstitucionalidad del tope legal. Además, confirmaron la declaración de inconstitucionalidad de las resoluciones de ANSeS N° 56/2018 y N° 1/2018, y la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241. Fundan sus decisiones en precedentes de la Corte Suprema y otras cámaras, destacando que no surge que la actora se haya adherido al programa de reparación histórica, y que las leyes y resoluciones cuestionadas son inconstitucionales por exceder las potestades reglamentarias del organismo. También se impusieron las costas a la parte vencida.
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