GOMEZ, EMANUEL EZEQUIEL c/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la decisión de la primera instancia y estableció un nuevo criterio para el cálculo de intereses, considerando la evolución de la inflación y la función reguladora del interés, en un contexto de modificación legislativa y jurisprudencial respecto a la tasa aplicada en las indemnizaciones por riesgos del trabajo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora interpuso recurso de apelación contra la sentencia que hizo lugar a la demanda y estableció el monto de la indemnización en $1.152.736,33, con intereses según lo dispuesto por el art.11 de la ley 27.348 y la tasa activa del Banco Nación. La apelación fue parcialmente aceptada, ya que la Sala modificó la forma de cálculo de intereses, proponiendo el uso del CER hasta el 31/12/2023 y, a partir del 1/1/2024, la adición de intereses conforme al Acta 2658 de esta Cámara. La sentencia fundamenta que la utilización de la tasa activa implicaba confiscatoriedad y que, dado el contexto económico, era conveniente ajustar la tasa para evitar resultados desproporcionados. La sentencia también regula honorarios y costas.
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