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PARDO SA C/ BUSTOS IGNACIO GUSTAVO S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

Decretada la caducidad de instancia en proceso de cobro sumario por falta de actividad de la parte actora. La Cámara confirmó que la inactividad prolongada implica la extinción del proceso, en línea con la normativa y jurisprudencia provincial y nacional, y dispuso costas a la actora.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, PARDO SA, inició una acción de cobro sumario contra Ignacio Gustavo Bustos por sumas de dinero, excluyendo alquileres. La sentencia analiza la normativa sobre caducidad de instancia, citando la Resolución Nº 3694/12 de la Corte Suprema provincial y principios establecidos en el Código Procesal y en la jurisprudencia. Se recuerda que la caducidad se configura cuando no se activa el proceso durante más de tres meses, en un contexto de inactividad que afecta la función jurisdiccional y el principio dispositivo, que impone a las partes la obligación de impulsar el proceso. La Corte sostiene que la finalidad de la caducidad es evitar procesos prolongados por desidia o negligencia, y que los jueces pueden decretarla de oficio para garantizar la eficacia del sistema judicial. En virtud de la inactividad de la actora desde la última actividad procesal, y tras el requerimiento de activar la acción, transcurrido el plazo sin actividad útil, se dispuso la extinción del proceso con costas a la parte actora. Se regula además la honorificación del abogado, en siete jus arancelarios, basados en una base de $13.697,27, con los aportes y IVA correspondientes.

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