COMITE DE ADMINIST. DEL FIDEICOMISO DE RECUP. CREDIT. LEY 12726 C/ GIULIODORI DOMINGO ALFREDO y otro/a S/COBRO EJECUTIVO
El juez ordenó el pago de la deuda de $49.500 en favor del Comité de Administración del Fideicomiso de Recuperación Crediticia, tras la falta de oposición del demandado y sus herederos en el proceso de ejecución. La sentencia confirma el proceso de cobro y remate del bien para garantizar el pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El expediente fue iniciado por el Comité de Administración del Fideicomiso de Recuperación Crediticia, quien demanda a Néstor Enrique Giuliodori y a los herederos del difunto Domingo Alfredo Giuliodori para que abonen la suma de $49.500, más intereses, costos y costas de la ejecución. La parte demandada fue debidamente notificada en su domicilio, sin que compareciera para oponer excepciones legítimas, por lo que se declaran perdidos sus derechos por abandono del proceso (arts. 116 y 155 C.P.C.). Los herederos del demandado Domingo Alfredo Giuliodori, representados por la Defensora Oficial, no opusieron excepción alguna. El tribunal, en base a la normativa aplicable, ordena la ejecución y remate del bien con el fin de garantizar la satisfacción del crédito y difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en la ley. La causa fue registrada bajo el número 114071 y se dispuso la remisión a la Receptoría General de Expedientes Departamental. La sentencia fue dictada por el juez Cristian A. Marrón, en virtud de la disposición de la Cámara Departamental.
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