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PALACIOS LEONARDO JAVIER S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)

Declaran la quiebra de Leonardo Javier Palacios por solicitud del propio deudor ante su estado de cesación de pagos. La resolución ordena medidas precautorias, designa audiencias, y establece el procedimiento para la verificación del pasivo y la administración del patrimonio, protegiendo los derechos de los acreedores.

Medidas precautorias Quiebra Verificacion de creditos Proceso concursal Derechos de los acreedores Ley 24.522 Administracion patrimonial Inhibicion general Declaracion de insolvencia Bienes desapoderados

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Leonardo Javier Palacios, solicita su propia quiebra alegando encontrarse en estado de cesación de pagos y vulneración de derechos básicos. La Cámara declara en estado de quiebra a Palacios, con D.N.I. 32.150.722, domiciliado en Villa General Arias, Coronel Rosales, Provincia de Buenos Aires. Se fija audiencia para sorteo de síndico, se establece un plazo para presentación de créditos, y se dictan medidas precautorias, incluyendo inhibición general, bloqueo de bienes, y restricción de salida del país. La decisión fundamenta que la solicitud del propio fallido para conformar una masa falencial con su sueldo, y la retención del 20% de sus haberes, son medidas pertinentes para garantizar la administración y verificación de los créditos. Además, se ordena la apertura de una cuenta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires y la ineficacia de actos sobre bienes desapoderados, en orden a la ley de quiebras. La resolución destaca que la declaración de quiebra busca asegurar la igualdad entre los acreedores y la administración ordenada del patrimonio del fallido.

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