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ZALAZAR NILDA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La demandada ANSES apeló la sentencia que ordenó el reajuste del haber jubilatorio de la actora. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia, precisando el alcance del recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU).

Reajuste jubilatorio Pbu Impuesto a las ganancias Grupo vulnerable Costas

Reajuste del haber jubilatorio
- Decisión: La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, precisando que el recálculo de la PBU debe efectuarse comparando el haber inicial total percibido por la actora, independientemente de si las restantes prestaciones (PC y PAP) fueron o no reajustadas. Además, la Cámara resolvió que los haberes jubilatorios se encuentran exentos del pago del impuesto a las ganancias, conforme la doctrina de la Corte Suprema.
- Fundamentos relevantes:
- La comparación para determinar la posible confiscatoriedad de la PBU debe realizarse sobre el haber inicial total percibido por el titular, independientemente de si las restantes prestaciones fueron reajustadas.
- Los haberes jubilatorios están exentos del pago del impuesto a las ganancias, en atención a la vulnerabilidad de los jubilados como grupo, conforme la doctrina de la Corte Suprema.
- Las costas de la alzada se imponen por su orden, en virtud del resultado parcial obtenido por las partes.

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