RAMOS, MAIDA ROSA c/ A.N.S.E.S. s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora reclamó el reajuste de su pensión derivada de la jubilación de su padre. La Cámara Federal modificó la sentencia y ordenó el recálculo del haber inicial y su movilidad conforme a la ley 18.037 y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.
¿Quién es el actor?
Maida Rosa Ramos (fallecida)
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber de pensión derivada de la jubilación de Renato Moras
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia recurrida y ordenó el reajuste del haber inicial y su movilidad conforme a la ley 18.037 y los precedentes "Sánchez" y "Badaro" de la CSJN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El régimen legal aplicable es la ley 18.037, al tratarse de una pensión derivada de una jubilación regida por dicha ley, y no la ley 24.241 como se había ordenado en primera instancia.
- Conforme al precedente "Sánchez" de la CSJN, corresponde actualizar los salarios desde cada uno de los meses aplicando la variación del índice del nivel general de remuneraciones, y luego tomar los 3 mejores años para calcular el haber inicial.
- Respecto al período 2002-2006, corresponde aplicar la movilidad establecida en el precedente "Badaro" de la CSJN, declarando la inconstitucionalidad del art. 7 inc. 2 de la ley 24.463.
- A partir de 2007 se aplica la movilidad de las leyes 26.198 y 26.417.
- Se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impone las costas a la demandada vencida.
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