GONZALEZ, JOSE MARIA c/ ANSES Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986
El actor promovió una acción de amparo para obtener una pensión no contributiva por invalidez. La Cámara Federal modificó la sentencia y ordenó que el pago de los retroactivos se realice a partir del mes siguiente a la fecha de otorgamiento del beneficio.
- Actor: José María González
- Demandados: ANSeS y ANDIS
- Objeto: Obtención de pensión no contributiva por invalidez
- Decisión: La Cámara Federal confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocando únicamente la fecha de inicio del pago de los retroactivos.
La Cámara consideró que si bien la ANDIS es el organismo encargado de otorgar la pensión no contributiva, la ANSeS tiene un rol importante al recibir las solicitudes y realizar ciertos controles previos. Por lo tanto, rechazó el planteo de falta de legitimación pasiva de la ANSeS.
Respecto al fondo, la Cámara entendió que el actor acreditó cumplir con los requisitos para acceder a la pensión no contributiva, por lo que correspondía otorgarle el beneficio. Sin embargo, revocó la fecha de inicio del pago de los retroactivos, estableciendo que deberán abonarse a partir del mes siguiente a la resolución de otorgamiento, conforme lo dispuesto en el Decreto 432/97.
La Cámara confirmó la imposición de costas a las demandadas, en tanto omitieron dar una respuesta oportuna al actor.
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