SALGADO, LUISA TERESA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda por reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció los criterios para la determinación del haber inicial y su movilidad.
- Actor: Luisa Teresa Salgado
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reajuste de haber previsional
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó la aplicación del precedente "Elliff" para la actualización de las remuneraciones hasta febrero de 2009, y a partir de allí, las pautas de la Ley 26.417. Dejó sin efecto la aplicación del fallo "Badaro" para la movilidad. Confirmó la exención del Impuesto a las Ganancias y la imposición de costas en primera instancia a la demandada.
La Cámara señaló que la cuestión de la actualización de las remuneraciones ya había sido objeto de estudio en varios fallos previos, en los que se confirmó la aplicación del precedente "Elliff". Trasladó los fundamentos expuestos en esos fallos, indicando que corresponde fijar la actualización de las remuneraciones devengadas hasta febrero de 2009 conforme al ISBIC, y a partir de allí hasta la fecha de adquisición del derecho, aplicar las pautas de la Ley 26.417, descontando las actualizaciones ya efectuadas.
En cuanto a la queja sobre la aplicación del fallo "Badaro", la Cámara remitió a lo señalado en otros precedentes, resolviendo dejar sin efecto dicha aplicación.
Respecto a la exención del Impuesto a las Ganancias, la Cámara señaló que corresponde aplicar lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente "García, María Isabel".
Finalmente, en relación a las costas, la Cámara indicó que corresponde aplicar el régimen general previsto en el CPCCN, al haber declarado inconstitucional el artículo 21 de la Ley 24.463.
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