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AMUCHASTEGUI, CARDENIO CESAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor obtuvo un beneficio previsional y reclamó su reajuste. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que ordenó a la ANSES el recálculo y reajuste del haber conforme la jurisprudencia de la CSJN.

Beneficio previsional Reajuste de haber Isbic Aportes autonomos Impuesto a las ganancias Costas


- Actor: Cardenio César Amuchastegui
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reajuste del haber previsional
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando a la ANSES el recálculo del haber inicial conforme la doctrina de la CSJN en "Elliff" (aplicación del ISBIC hasta febrero 2009 y luego ley 26.417), y la actualización de los aportes autónomos fuera del régimen de moratoria. Confirmó también la imposición de costas a la demandada.
- Fundamentos: La Cámara reiteró su jurisprudencia previa rechazando la aplicación del RIPTE solicitada por la ANSES y confirmando la aplicación del precedente "Elliff" de la CSJN para la actualización de las remuneraciones. Respecto a los aportes autónomos, siguió la doctrina de la CSJN en "Makler" disponiendo la actualización de todos los períodos no incluidos en moratoria. En cuanto a la retención del impuesto a las ganancias, la Cámara se remitió a la doctrina sentada por la CSJN en "García, María Isabel". Finalmente, confirmó la imposición de costas a la demandada por haberse hecho lugar parcialmente a la demanda.

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