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AMUCHASTEGUI, CARDENIO CESAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor obtuvo un beneficio previsional y reclamó su reajuste. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que ordenó a la ANSES el recálculo y reajuste del haber conforme la jurisprudencia de la CSJN.

Costas Impuesto a las ganancias Beneficio previsional Aportes autonomos Isbic Reajuste de haber


¿Quién es el actor?

Cardenio César Amuchastegui

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, ordenando a la ANSES el recálculo del haber inicial conforme la doctrina de la CSJN en "Elliff" (aplicación del ISBIC hasta febrero 2009 y luego ley 26.417), y la actualización de los aportes autónomos fuera del régimen de moratoria. Confirmó también la imposición de costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara reiteró su jurisprudencia previa rechazando la aplicación del RIPTE solicitada por la ANSES y confirmando la aplicación del precedente "Elliff" de la CSJN para la actualización de las remuneraciones. Respecto a los aportes autónomos, siguió la doctrina de la CSJN en "Makler" disponiendo la actualización de todos los períodos no incluidos en moratoria. En cuanto a la retención del impuesto a las ganancias, la Cámara se remitió a la doctrina sentada por la CSJN en "García, María Isabel". Finalmente, confirmó la imposición de costas a la demandada por haberse hecho lugar parcialmente a la demanda.

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