ACOSTA, CARLOS FIDEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclama el reajuste de su haber jubilatorio. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó parcialmente la sentencia al dejar sin efecto la aplicación del fallo "Badaro" y confirmar el resto de la decisión.
- Actor: Carlos Fidel Acosta
- Demandado: ANSES
- Objeto: Reajuste del haber jubilatorio
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia al dejar sin efecto la aplicación del fallo "Badaro" pero confirmó lo demás. Ordenó la actualización de las remuneraciones según el ISBIC hasta febrero de 2009 y luego conforme la Ley 26.417. Confirmó la exención del impuesto a las ganancias y la imposición de costas a la demandada.
La Cámara señaló que en cuanto al índice a aplicar para la actualización de las remuneraciones hasta la fecha de adquisición del derecho, corresponde fijar la actualización conforme el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC) y a partir de allí y hasta la fecha de adquisición del derecho, se aplicarán las pautas fijadas por la Ley 26.417.
Respecto a la aplicación del precedente "Badaro", la Cámara lo dejó sin efecto al considerar que la cuestión ya ha sido analizada en otros fallos, debiendo estarse a lo allí resuelto.
En cuanto a la exención del impuesto a las ganancias, la Cámara confirmó lo decidido en primera instancia, al remitirse a la jurisprudencia de la CSJN en el precedente "García, María Isabel".
Finalmente, en relación a las costas, la Cámara consideró que al haber resultado vencida la demandada en primera instancia, correspondía imponerle las costas en los términos del CPCCN y la Ley 27.423.
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