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CARRIZO, NORMA BENIGNA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La demandada apeló la sentencia que ordenó a ANSES recalcular el haber jubilatorio de la actora. La Cámara Federal modificó parcialmente la sentencia revocando la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426.

Impuesto a las ganancias Seguridad social Indice de actualizacion Reajuste jubilatorio Aportes autonomos Costas.

Reajuste del haber jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de ANSES, revocando la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 por la fecha de adquisición del beneficio. Confirmó la imposición de costas a ANSES en ambas instancias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La ley 26.417 establece el índice combinado (ISBIC y RIPTE) para la actualización de las remuneraciones, por lo que la discusión sobre el índice ISBIC resulta irrelevante.
- Respecto al recálculo del haber por aportes autónomos, corresponde aplicar la doctrina del fallo "Makler" para determinar el promedio mensual actualizado.
- La doctrina "Villanustre" sobre límites porcentuales no es aplicable al régimen de la Ley 24.241.
- Corresponde confirmar la exención del impuesto a las ganancias sobre el haber y el retroactivo, en virtud del art. 20 inc. v) de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

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