ZELENAY BRUNO C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ EJECUCION DE SENTENCIA
La resolución dispuso la acumulación de autos y remitir el expediente a la jurisdicción competente, justificando la medida en el orden procesal y la economía procesal. La decisión se fundamenta en que los requisitos legales están reunidos y busca evitar dispendio jurisdiccional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El presente incidente fue promovido por Rejala Ignacio Emanuel en el marco de una ejecución de honorarios regulados en un expediente anterior por ante el Tribunal de Trabajo N° 2 de Avellaneda. La causa principal y la presente se acumulan para evitar dispendio jurisdiccional, considerando que los requisitos de los arts. 88 y 188 del C.P.C.C. están satisfechos. La resolución dispuso acumular la causa a la principal y remitir las actuaciones a la jurisdicción correspondiente, ordenando además su remisión a la Receptoria General de Expedientes de Avellaneda-Lanús, en función del buen orden del proceso. La decisión se basa en la aplicación de los arts. 12 y 89 de la ley 15.057 y los arts. 88 y 188 del Código Procesal Civil y Comercial. La medida busca optimizar la administración de justicia y evitar duplicidades en el trámite procesal. No se registran votos en disidencia.
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