BERTINI IRINA C/ SOCIEDAD DE AUXILIOS SANITARIOS SALUD S/ COBRO DE SALARIOS
La homologación del acuerdo conciliatorio alcanzado en el proceso laboral, que incluye pago de suma conciliada, intereses, costas y honorarios, y la declaración de la existencia de cosa juzgada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Irina Bertini demanda a la Sociedad de Auxilios Sanitarios Salud en un proceso laboral. En sede conciliatoria, las partes alcanzaron un acuerdo donde la demandada ofrece la suma de 1.300.000 pesos en concepto de capital, pagaderos en dos cuotas, con intereses punitorios y cláusulas de caducidad. La demandada reconoce además la suma por honorarios y aportes previsionales, sumando en total 284.788 pesos por honorarios, más IVA, y la actora manifiesta que con la percepción del capital conciliado no reclamará más. El tribunal, tras analizar el acuerdo, lo homologó por considerarlo justo y conforme a los derechos en juego, autorizando su cumplimiento y estableciendo las costas a la parte demandada. Se regula además la tasa de justicia y los honorarios de los profesionales intervinientes, en cumplimiento de la normativa vigente y las disposiciones de la ley 14.967. La homologación del acuerdo produce la declaración de cosa juzgada, cerrando definitivamente el proceso. Fundamentos principales: "Atento las particularidades del caso, los términos de la demanda y contestación, y las defensas opuestas, se hace lugar a la homologación solicitada. La conciliación a que se arriba para poner fin así al pleito, constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes según fueran planteadas las pretensiones motivo de la controversia sometida a decisión y el estado actual de la causa." "Por ello, correspondería la homologación del acuerdo haciendo lugar a lo en él solicitado dándole autoridad de cosa juzgada." "Homológase el acuerdo arribado, y abónese la Tasa de Justicia (art. 30, 38 y 39, Ley 15057)." "Las costas serán a cargo de la parte demandada hasta la suma reconocida." "Se regula además los honorarios de los profesionales intervinientes, en consonancia con la normativa aplicable y la valoración de los trabajos realizados." "El acuerdo homologado tiene fuerza de cosa juzgada, cerrando la causa y limitando futuras reclamaciones por las mismas pretensiones."
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