TALIERCIO MIGUEL AGUSTIN C/ LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La Cámara del Trabajo de Morón rechazó la regulación de honorarios por tareas administrativas no acreditadas como oficiosas en el expediente administrativo, confirmando que las tareas no fueron útiles ni reconocidas en sede administrativa y, por ende, no corresponde honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue presentada por el Dr. TALIERCIO MIGUEL AGUSTIN contra LA SEGUNDA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., solicitando la regulación de honorarios por actuaciones extrajudiciales en sede administrativa relacionadas con la Comisión Médica Jurisdiccional N° 381 Morón, en el expediente administrativo N° 607176/23, vinculado a la determinación de incapacidad del trabajador SANABRIA LEONARDO EMMANUEL. La actora realizó tareas en dicho expediente, las cuales fueron reconocidas por la demandada, pero no se acreditó que dichas tareas hayan sido oficiosas o útiles para la parte. La jueza concluyó que no se ha demostrado que las tareas hayan sido útiles ni que la CMJ haya reconocido ningún porcentaje de minusvalía o prestaciones en especie, por lo que las tareas no califican como oficiosas según el art. 37 segundo párrafo Res. 298/17 SRT. La sentencia señala: "no ha logrado demostrar el profesional que la gestión hubiere sido útil para su cliente y que la CMJ hubiere reconocido al damnificado un porcentaje de minusvalía o bien que le determinaran la prosecución de prestaciones en especie, de modo que le resultara favorable la gestión." En consecuencia, rechaza la demanda incidental y regula honorarios en favor de los abogados en la suma de $295.533,00, con costas a cargo del profesional perdidoso.
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