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ROMANO GERMAN LEONEL C/ MALDONADO CLAUDIA ALEJANDRA Y OTROS S/DESPIDO

La homologación del desistimiento y del acuerdo conciliatorio en un proceso laboral por despido y reclamos laborales. La Cámara confirma la homologación del desistimiento y del convenio, declarando la fuerza de cosa juzgada del acuerdo por $4.000.000, y ordena el cumplimiento de las condiciones pactadas.


- Quién demanda: ROMANO GERMAN LEONEL

¿A quién se demanda?

ROLANDO MALDONADO (desistido) y los co-demandados CLAUDIA ALEJANDRA MALDONADO, MARIA LAURA MALDONADO y DAVID MALDONADO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

homologación del desistimiento respecto del co-demandado ROLANDO MALDONADO y homologación del acuerdo conciliatorio por $4.000.000

¿Qué se resolvió?

Se homologó el desistimiento presentado por el actor respecto del co-demandado ROLANDO MALDONADO, en virtud del art. 277 de la LCT, y se homologó el acuerdo conciliatorio suscripto por las partes, que fue declarado con fuerza y autoridad de cosa juzgada, por la suma de $4.000.000. Además, se impusieron costas a los co-demandados y se ordenaron medidas respecto a los honorarios y el pago de emolumentos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

“Habiendo el actor en fecha 10/06/25, desistido de la acción que incoara contra ROLANDO MALDONADO (cfr. art. 277 segundo párrafo de la LCT), prestado conformidad expresa los co-demandados CLAUDIA ALEJANDRA MALDONADO, MARIA LAURA MALDONADO y DAVID MALDONADO, estimo que corresponde homologar judicialmente el desistimiento de la acción de dicho co-demandado en virtud de que el mismo se adecua a lo preceptuado por el art. 304 del CPCC, no vulnerando norma alguna de orden público.” “Estimo que el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis.” “En mérito a lo resulto en las cuestiones que anteceden, entiendo que corresponde: 1º) Homologar el desistimiento de la acción incoada contra el co-demandado ROLANDO MALDONADO con costas en el orden causado (ART 277 LCT y Art. 304 CPCC). 2º) Homológase con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio

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