DELGADO ANGEL GUSTAVO C/ AEROPUERTO ARGENTINA 2000 S.A. Y OTRO/A S/ FONDO DE DESEMPLEO
El tribunal rechazó la demanda de Angel Gustavo Delgado por no acreditar que los trabajos hubieran sido contratados o realizados por la demandada, confirmando la inexistencia de responsabilidad solidaria y la improcedencia del reclamo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Angel Gustavo Delgado, demandó a AEROPUERTO ARGENTINA 2000 S.A. y a E4D GROUP LA PLATA S.R.L. reclamando fondo de desempleo y diferencias salariales, alegando que trabajó en tareas de fibra óptica en el aeropuerto de Ezeiza desde febrero de 2017 hasta su renuncia en octubre de 2017, percibiendo un salario mensual de $14.000 fuera de registro. La parte demandada negó la relación laboral y la contratación por parte de la demandada, y también impugnó la liquidación de salarios. Se presentó desistimiento respecto de E4D GROUP LA PLATA S.R.L. y se desestimó la responsabilidad de AEROLINEAS ARGENTINAS S.A., dado que no se acreditó que las tareas realizadas por el actor fueran en el sector de la empresa o que hayan sido contratadas o subcontratadas por ella. La prueba testimonial y documental, incluido el reconocimiento de la contratación de E4D por parte de AEROLINEAS ARGENTINAS, no fue suficiente para acreditar la relación laboral o la responsabilidad solidaria. Además, se rechazó la excepción de prescripción y la citación del tercero, por no haberse probado que la actividad del actor correspondiera a la actividad habitual de la demandada. La sentencia concluye que no se ha probado la relación laboral ni la responsabilidad solidaria, por lo que se rechaza la demanda en su totalidad, con costas a la parte actora y a la demandada en los términos indicados.
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