BANCO INDUSTRIAL S.A. C/ MALDONADO TERESA ERNESTINA S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia declara la caducidad de la instancia en un proceso de cobro ejecutivo por inactividad de la parte actora. La decisión se fundó en la inacción de la parte actora desde la última actuación en febrero de 2022 y la normativa sobre caducidad del proceso, imponiendo costas a la parte vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte demandante, MALDONADO TERESA ERNESTINA, no contestó el traslado dispuesto en el proceso de cobro ejecutivo iniciado contra el BANCO INDUSTRIAL S.A. La jueza Lelkes recordó que la caducidad de instancia es un instituto de orden público que busca evitar la duración indefinida de los procesos judiciales, fundamentándose en la inactividad de los litigantes. La sentencia señala que, desde la última actuación en febrero de 2022, han transcurrido más de tres meses sin que la parte actora impulsara el proceso, por lo que corresponde decretar la caducidad de la instancia. Además, se impusieron las costas a la parte actora en su condición de vencida y se diferió la regulación de honorarios hasta que la resolución quede firme. La decisión se basó en el artículo 310 inciso 3° del C.P.C.C., y en la doctrina sobre caducidad por reincidencia en la omisión de impulsar la instancia, citando a Arazi y otros. La jueza también recordó que la caducidad puede ser decidida de oficio o a pedido de parte, y que la inacción prolongada afecta la celeridad y seguridad jurídica del proceso.
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