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(S/1) FOSSATI, GRACIELA NOEMI c/ ESTADO NACIONAL - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora promovió demanda por daños derivados de la retención indebida de un inmueble. La Cámara Federal modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por lucro cesante y ordenó una indemnización adicional por el periodo de indisponibilidad del bien hasta su rehabilitación.

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Daños y perjuicios por retención indebida de un inmueble

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, aumentando la indemnización por lucro cesante al valor locativo actual, ordenando una indemnización adicional por el periodo de indisponibilidad hasta la rehabilitación del inmueble, y distribuyendo las costas en un 30% para la actora y 70% para la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La indemnización por lucro cesante debe fijarse actualizando el valor locativo a la fecha de la sentencia y no en base a valores históricos.
- El daño por indisponibilidad del inmueble debe reconocerse por todo el periodo hasta la efectiva restitución, sin limitarlo a los términos del contrato anterior.
- El deterioro del inmueble a la restitución es imputable a la demandada, por lo que corresponde una indemnización adicional por ese periodo.

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