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NICOLI YONATAN PEDRO CATRIEL C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

El tribunal homologó un acuerdo de conciliación en un proceso por accidente laboral. La homologación fue dictada por su conformidad con los antecedentes, documentación y ratificación de las partes, considerando que no vulnera principios de orden público y que constituye una justa composición de derechos e intereses. La sentencia homologatoria también regula honorarios y costas.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por NICOLI YONATAN PEDRO CATRIEL contra FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U., solicitando la homologación de un acuerdo alcanzado entre las partes en relación a un accidente laboral ocurrido el 27/12/2022. El acuerdo contempla una indemnización total de 1.050.000 pesos, con un pago diferido y depósito bancario, además de un reconocimiento del acuerdo por parte del actor y documentación respaldatoria, incluyendo informes de la SRT y un informe pericial médico que no relaciona causalidad con el incidente. La jueza consideró que el acuerdo cumple con los requisitos de justicia, legalidad y no vulnera orden público, por lo que propuso homologarlo. El resto de los jueces acompañó la fundamentación. La sentencia homologatoria fue dictada con expresa regulación de honorarios, costas, tasas y obligaciones de pago, estableciendo además la caducidad en caso de incumplimiento y la ejecución en caso de mora. La resolución destaca que el acuerdo es una justa composición de derechos y que la homologación es procedente.

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