TOLOZA FRANCISCO EDUARDO C/ ASOCIART S.A ASEGURADORA DE RIESGO DEL TRABAJO S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
El tribunal hizo lugar a la demanda por enfermedad profesional de Tolosa, condenando a Asociart a pagar $840.003,33 por indemnización y costas, tras declarar la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928 y aplicar la normativa de riesgos del trabajo vigente, considerando pruebas y peritajes médicos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Francisco Eduardo Tolosa, demanda a Asociaciónart S.A. reclamando prestaciones dinerarias por incapacidad derivada de una enfermedad profesional, específicamente cervicobraquialgia y lumbociatalgia, manifestada el 18/06/2019. La demandada, representada por Gonzalo José Fernández, negó la existencia del vínculo laboral y la relación con la enfermedad, argumentando que la dolencia no era profesional y rechazando la incapacidad alegada. La causa fue probada con testimonios y peritajes médicos, concluyendo que Tolosa sufrió una enfermedad profesional reconocida y que la incapacidad parcial y permanente es del 22,61%. Se aplicó la normativa vigente (ley 24.557 y modificatorias), excluyendo la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y del DNU 669/19. Se calculó una indemnización de $840.003,33, actualizable con índices del RIPTE, y se impusieron costas a la demandada. La sentencia también dispuso el depósito en las cuentas bancarias correspondientes y estableció intereses por incumplimiento. La decisión fue fundamentada en la prueba y en la doctrina legal aplicable, considerando la inconstitucionalidad sobrevenida de ciertos artículos de leyes previas.
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