MUÑOZ JUANA C/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS BARRIO PARQUE MARIANO MORENO S/ DESPIDO
Tribunal Homologa acuerdo conciliatorio en autos por despido y ordena su ejecución y cumplimiento
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Juana Muñoz demanda por despido y el Tribunal del Trabajo N° 4 de Avellaneda-Lanús, tras la audiencia, logra una conciliación en la que la demandada, sin reconocer hechos ni derechos, acepta pagar $23.000.000 en seis cuotas mensuales. La parte actora reajusta la demanda a esa suma y ambas partes acuerdan que la mora en el pago implicará la caducidad de las cuotas pendientes, además de establecer una cláusula penal del 0,30% del capital diario en caso de demora. El tribunal homologa el acuerdo conforme a la Ley 15.057, ordena la intimación para pago y costas a cargo del demandado, y regula honorarios profesionales y de peritos, además de disponer la apertura de una cuenta bancaria para depósito y pago. Se destaca que la decisión se basa en que la conciliación constituye una justa composición de los derechos y que el acuerdo es válido y vinculante, con autoridad de cosa juzgada. Fundamentos principales: "la conciliación a la que se arriba para poner fin al pleito, constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes, según fueran planteadas las pretensiones motivo de la controversia sometida a decisión y el estado actual del Acuerdo, haciendo lugar a lo en él solicitado dándole autoridad de cosa juzgada (art. 15 LCT y 30 de la Ley 15.057)." "El acuerdo conciliatorio contiene condiciones claras, incluyendo la forma, los plazos y las penalidades, garantizando una solución definitiva y satisfactoria para ambas partes, además de expresar la conformidad de la demandada y la aceptación de la suma y las condiciones de pago." "El tribunal considera que la homologación del acuerdo, en los términos propuestos, resulta conveniente y ajustada a derecho, dado que la parte actora ha expresado su conformidad y las partes han solicitado la homologación, en un marco que garantiza los derechos procesales y la seguridad jurídica." Por todo ello, el tribunal ordena la homologación del acuerdo, la intimación de pago, la regulación de honorarios y costas, y dispensa las formalidades para el cumplimiento del mismo, dejando constancia de que la conciliación es una solución justa y efectiva para poner fin a la litis.
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