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CAMINOS MAURICIO EZEQUIEL C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

El tribunal homologó un acuerdo transaccional en un proceso por accidente de trabajo y ordenó los pagos judiciales correspondientes. La decisión se fundamenta en la validez del acuerdo y la ratificación del actor, homologando y ordenando pagos y costas.


- Quién demanda: CAMINOS MAURICIO EZEQUIEL

¿A quién se demanda?

PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de acuerdo transaccional y orden de pago de indemnización y costas.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo y se ordenó a la parte demandada el pago del monto acordado, incluyendo honorarios, costas y tasas de justicia. La homologación se realizó conforme al art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 14.967).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el acuerdo transaccional al que arriban las partes para poner fin al pleito, concurren los requisitos exigidos por la Ley para su validez y constituye una justa composición de los derechos e intereses de las mismas conforme se los planteara en la controversia sometida a decisión del Tribunal y al estado actual de las presentes actuaciones." "Con fecha 27/06/2025 el actor en forma personal ratifica el acuerdo celebrado, requisito que considero esencial." "Consecuentemente, correspondería homologar el mismo (art. 15 L.C.T.) y ordenar los pagos acordados mediante DEPOSITOS JUDICIALES, regulando los honorarios de los profesionales intervinientes e imponiendo las costas A LA PARTE DEMANDADA." "Intimar a la parte DEMANDADA para que dentro del plazo de 5 días y/o con la primer cuota del capital acordado, abone la respectiva tasa de justicia que asciende a la suma de $ 396.000,00 más el 10% en concepto de contribución sobre la misma, bajo apercibimiento de pasar los antecedentes a la Oficina de Ejecución de Honorarios de Peritos de la Asesoría Pericial encargada de fiscalizar el cumplimiento de la Tasa de Justicia y a ARBA." "Imponer las costas A LA PARTE DEMANDADA." "Regúlense los honorarios de los Dres. MYRIAN EDITH BARBATO en 85,26 Jus (equivalente a $3.600.000,00) y a ALEJANDRA ELISABET BARRIOS en 7 Jus, más el 10% Ley 8455 e IVA si correspondiera." "Regular los honorarios de las peritos Valeria G

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