GAUNA LIDIA YOLANDA C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La homologación de la conciliación en una causa por accidente de trabajo, por la suma de $5.500.000, y la aprobación del acuerdo en los términos pactados, garantizan la resolución efectiva del conflicto laboral y la protección de los derechos del trabajador, conforme a la legislación laboral aplicable.
- Quién demanda: GAUNA LIDIA YOLANDA
¿A quién se demanda?
FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación de conciliación por $5.500.000 en concepto de reparación por accidente de trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se homologó la conciliación celebrada entre las partes, con la suma acordada y en los términos pactados, eximiendo a las partes del pago de sellados y tasa de Justicia, y regulando honorarios y formas de pago. La sentencia declara que la conciliación no afecta disposiciones laborales de orden público y otorga efectos de cosa juzgada a lo acordado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057
- RC 1840/24 SCBA)."
"el acuerdo presenta una suma de $5.500.000 imputable a los rubros reclamados, en la forma pactada en el Acuerdo presentado, y cumple con los requisitos de legalidad y voluntad de ambas partes."
Asimismo, el tribunal destaca que las costas serán a cargo de las partes conforme a lo solicitado, con exención del pago de la tasa de Justicia, y regula los honorarios profesionales y de peritos según las etapas y complejidad del proceso. La sentencia también detalla la forma de pago y los requisitos para la acreditación del cumplimiento del acuerdo.
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