ALVAREZ MANUEL ALEJANDRO C/ LA SEGUNDA ART S.A. S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE
La homologación de la conciliación en reclamo por enfermedad laboral resulta procedente. El tribunal decidió homologar el acuerdo por considerar que la misma garantiza una justa composición de derechos e intereses, beneficiando la cosa juzgada y respetando el orden público laboral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal homologó la conciliación alcanzada entre el actor, ALVAREZ MANUEL ALEJANDRO, y la demandada, LA SEGUNDA ART S.A., por un monto de 16.000.000 pesos, que corresponde a los rubros reclamados en autos, en la forma pactada. La decisión se fundamenta en que la conciliación "alcanzó, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts. 15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada". Además, se dispuso que las costas sean conforme a lo solicitado, eximiendo a las partes del pago de la Tasa de Justicia y adicional sobre la misma, con la advertencia de que dicho beneficio cesará en caso de incumplimiento total o parcial del acuerdo. Se regulan honorarios profesionales y se establecen las formas de pago, incluyendo las cuentas bancarias correspondientes y la documentación que los profesionales y la parte actora deben presentar. La sentencia también ordena que la parte demandada deposite el capital en la cuenta sueldo del trabajador, en los términos de la ley, y que los honorarios y aportes sean abonados en los plazos indicados, bajo apercibimiento de incumplimiento. La decisión se fundamenta en que la homologación resulta adecuada para garantizar la ejecución del acuerdo y el cumplimiento de las obligaciones.
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