GOMEZ PREBE SUSANA BEATRIZ C/ PROVINCIA ART S.A S/ EJECUCION DE HONORARIOS
La Cámara de Primera Instancia en lo Laboral hizo lugar a la demanda de regulación de honorarios de la letrada Susana Beatriz Gomez Prebe por su intervención en el proceso administrativo ante la Comisión Médica N° 142, determinando que la demandada debe abonar la suma de 6,57 JUS y costas, confirmando la decisión de primera instancia, en base a la obligatoriedad del patrocinio letrado en trámites administrativos y la interpretación de las leyes arancelarias aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La letrada Susana Beatriz Gomez Prebe demanda a Provincia A.R.T. S.A. por la regulación de honorarios por su intervención en la gestión administrativa ante la Comisión Médica N° 142 de Trenque Lauquen, por un acuerdo conciliatorio que determinó una incapacidad laboral del 4,59% y una prestación dineraria de $ 2.115.407,75. La demandada no se opone al monto y reconoce la intervención de la letrada, solicitando la aplicación del 50% del arancel judicial. El tribunal destaca que la intervención en trámites ante Comisiones Médicas requiere patrocinio obligatorio y que los honorarios deben ser regulados conforme a la ley 14.967 y jurisprudencia, fijando como base el 13,12% del monto homologado, resultando en $ 277.541,49. Se concluye que la causa procede y se regula el pago en dinero en el plazo legal, con costas a la demandada vencida. Además, se regulan honorarios profesionales por las Dras. Maya, Oballe y Bucciarelli en 7, 4 y 1 JUS respectivamente, con aportes e IVA.
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