FERNANDEZ RUBEN DANIEL C/ INSTITUTO DE PREVISON SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ AMPARO POR MORA
La Cámara ordenó al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires que despache el expediente administrativo en un plazo de 30 días, por la demora en el trámite, reconociendo la vulneración de los principios de celeridad y razonabilidad en el procedimiento administrativo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Quien demanda es Ruben Daniel Fernández, contra el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, reclamando la resolución del expediente administrativo N° 021557-567466-0-22-000 por mora. La parte actora acreditó que inició su trámite el 21/03/2022 y que, pese a realizar reiterados reclamos, la administración no emitió acto alguno, generando una demora injustificada. La Fiscalía de Estado informó que el organismo no respondió a la petición de la actora y reconoció el retraso, por lo que la Cámara constató que el plazo legal para resolver había sido superado. La sentencia destaca que la ley de procedimiento administrativo (Decreto-Ley 7647/70) impone obligaciones de impulso de oficio, cumplimiento de plazos y responsabilidad por retrasos. La demora no justificada vulnera los principios de celeridad y razonabilidad, configurando mora administrativa. En consecuencia, se hace lugar a la acción de amparo, ordenando al Instituto que despache el expediente en un plazo de 30 días, bajo apercibimiento de sanciones y costas a la demandada. La sentencia enfatiza que la ley establece la obligación de la administración de resolver en tiempos razonables, y que el incumplimiento genera responsabilidad, justificando la protección jurisdiccional.
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