CAMPANA NATALIN ELISABET C/ GARAY PABLO EDUARDO, CLINICA PRIVADA PUEYRREDON S.A., SMG COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. Y SEGUROS MEDICOS S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS RESP. PROFESIONAL (EXCLUIDO ESTADO)
El tribunal rechazó la demanda por daños y perjuicios contra el Dr. Garay y la clínica, concluyendo que no se probó mala praxis y que la actuación médica fue acorde a la lex artis. La responsabilidad civil se descartó por falta de prueba de negligencia o impericia en el tratamiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Sra. Campana demandó por daños y perjuicios por supuesta mala praxis tras intervenciones nasales realizadas en 2016 por el Dr. Garay en la Clínica Pueyrredón. La actora alegó errores en el diagnóstico, procedimientos y en el consentimiento informado. La defensa presentó pruebas periciales que concluyeron que las intervenciones fueron realizadas conforme a la ciencia y a la lex artis, sin negligencia ni imprudencia. La historia clínica y los informes periciales demostraron que el tratamiento se ajustó a protocolos médicos adecuados. La sentencia fundamentó que la responsabilidad en la actividad médica es de medios, no de resultados garantizados, y que no se acreditó conducta culposa del profesional. Además, se consideró que la clínica, en tanto establecimiento, no incurrió en responsabilidad por carecer de responsabilidad profesional directa. El tribunal sostuvo que la carga probatoria de la mala praxis no fue satisfactoria y que los daños reclamados no tenían sustento en las pruebas aportadas. Se rechazó la demanda y las costas se impusieron a la actora.
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