GONZALEZ SERGIO ALBERTOC/ EDESUR SA S/DAÑOS Y PERJ. DEL./CUAS. (EXC.USO AUT. Y ESTADO)
La responsabilidad de Edesur S.A. por daños derivados de un daño eléctrico en la propiedad del actor. La Cámara confirmó la responsabilidad y condena a la demandada a pagar $5.500.000 por daños, fundamentando que la empresa incumplió normas de seguridad y que la línea eléctrica era un riesgo inherente no eximible.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Sergio Alberto González, demanda por daños y perjuicios a Edesur S.A. tras sufrir una descarga eléctrica en la terraza del domicilio de su hermano, que le ocasionó lesiones graves y daños estéticos y psicológicos. La víctima relata que la descarga fue provocada por cables de electricidad en mal estado y en condiciones de riesgo, con lesiones constatadas por atención médica. La demandada niega los hechos, argumenta que las instalaciones estaban en condiciones reglamentarias y que la causa del evento pudo haber sido una construcción en la propiedad del tercero Francisco González, citado en garantía. Sin embargo, la prueba testimonial y los informes del ENRE demuestran que las líneas eléctricas no cumplían con las normas de seguridad vigentes, y que Edesur no tomó medidas preventivas ni adecuadas ante reclamos previos, por lo que se concluye que la responsabilidad recae en la demandada. La responsabilidad se fundamenta en la aplicación del art. 1113 del Código Civil, considerándose las líneas aéreas como cosas productoras de peligro. La sentencia establece que la causa eficiente del daño fue la línea eléctrica en condiciones anormales y en incumplimiento de las normas reglamentarias, por lo que se declara responsable a Edesur y se condena a pagar indemnización por daños físicos, estéticos, psicológicos y morales, totalizando $5.500.000, con intereses y costas. La citación de terceros, Francisco González, fue rechazada por no haber comparecido en tiempo, y la responsabilidad de la aseguradora en garantía fue extendida en la medida del seguro contratado, rechazándose la excepción de falta de cobertura por denuncia tardía. La sentencia también dispuso la extensión de la condena a la aseguradora en la medida del seguro y costas a la demandada y aseguradora vencidas.
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