PERRUPATO LUCIO Y LEDESMA ESPERANZA S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara en sucesión ab intestato a los hijos y al cónyuge de los causantes, tras el fallecimiento de Lucio PERRUPATO y Esperanza Ledesma, y ordena el reconocimiento de sus derechos hereditarios en virtud de la ley y la documentación probatoria presentada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa fue promovida por D. H. en relación a la sucesión ab intestato de Lucio PERRUPATO y Esperanza Ledesma. La sentencia analiza la documentación probatoria, incluyendo certificados de defunción, de matrimonio y publicaciones de edictos, que acreditan la muerte de los causantes y la existencia de la unión conyugal entre ellos. La resolución establece que, por fallecimiento de Lucio PERRUPATO, le suceden en carácter de herederos universales sus hijas Stella Maris y Gloria Lucia PERRUPATO, y su cónyuge, Esperanza Ledesma, a quien también se la declara heredera en cuanto a sus bienes propios, sin perjuicio de los derechos respecto a los bienes gananciales. Asimismo, se dispone que, tras el fallecimiento de Esperanza Ledesma, le suceden en carácter de herederos universales sus hijas Stella Maris y Gloria Lucia PERRUPATO. La decisión se fundamenta en los artículos 2434, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial, y en los artículos 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial, considerando la prueba documental presentada y la inexistencia de terceros con derechos sobre la sucesión. La resolución concluye que la sucesión se abre en el lugar del domicilio del causante y ordena la inscripción en los registros correspondientes. La notificación se realiza electrónicamente en cumplimiento del art. 10 de la Acordada Nro. 4039/2021
- SCBA.
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