BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GOMEZ DANIELA S/ COBRO ORDINARIO DE SUMAS DE DINERO
La sentencia condena a Daniela Gómez al pago de la suma reclamada por el banco por un préstamo otorgado, confirmando la validez de la operatoria y la prueba pericial contable, y estableciendo los intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por el Banco de la Provincia de Buenos Aires contra Daniela Gómez por la suma de $62.253,59, por un préstamo obtenido mediante la operatoria de banca electrónica, con acreditación en la cuenta de la demandada. La parte demandada no contestó la demanda y se declaró en rebeldía, lo que produce una presunción de veracidad respecto de los hechos alegados por el actor. El tribunal consideró que, pese a la rebeldía, la prueba pericial contable, la documentación acompañada y la condición de la entidad bancaria regulada, sostenían la validez del reclamo. La pericia confirmó que la demandada solicitó y obtuvo el préstamo, y que la deuda se devengó y quedó en mora el 31/05/2018, con un saldo de $62.253,59. La sentencia fundamentó que los contratos electrónicos celebrados mediante firma digital son válidos y que la documentación producida y las características del banco sostienen la legitimidad del crédito. También se establecieron los intereses conforme a lo pactado y la responsabilidad de costas a la parte vencida. Fundamentos principales: "Los préstamos otorgados en forma electrónica son contratos celebrados a distancia por medios electrónicos, suscriptos con firma electrónica luego de una debida validación de la identidad del contratante. Se trata de operaciones realizadas a través de internet sin la presencia física simultánea de los contratantes... El Código Civil y Comercial de la Nación autoriza la contratación a distancia por medios electrónicos... La prueba pericial confirma que la demandada solicitó y obtuvo el préstamo y que la deuda devino en mora el 31/05/2018, con saldo de $62.253,59." "El proceso en rebeldía crea una presunción en contra de la accionada, pero no basta por sí solo para la condena. La sentencia debe ser justa y ajustarse al derecho, considerando los elementos probatorios y la normativa aplicable." "El banco, como entidad regulada y sometida a control del Banco Central, tiene fuerza ejecutiva en sus certificados y documentación, y su carácter de institución pública autárquica refuerza la validez del reclamo." "Los intereses pactados, una tasa fija del 45% nominal anual y la cláusula de capitalización en mora, son válidos y pueden ser morigerados si resultan abusivos, pero en este caso se mantienen por no resultar excesivos respecto de la tasa activa del banco." "Las costas serán impuestas a la parte vencida conforme al art. 68 CPCC."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: