LAGOS AGUILERA PEDRO ANTONIO Y OTRO/A C/ VILLALBA ROMERO SERGIO DANIEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Homologación de acuerdo transaccional en proceso por daños y perjuicios en accidente automovilístico. La Cámara homologó el acuerdo alcanzado entre las partes, validando la voluntad expresa y sin vicios, y ordenó su registro y notificación definitiva.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso fue iniciado por Pedro Antonio Lagos Aguilera y otro/a contra Sergio Daniel Villalba Romero y otros, por daños y perjuicios derivados de un accidente automovilístico que causó lesiones o muerte, excluyendo el estado. Las partes arribaron a un acuerdo transaccional, presentado electrónicamente el 1/7/2025 a las 14:10:30 hs, solicitado su homologación judicial. La decisión judicial, basada en el art. 308 del CPCC, homologó dicho acuerdo, considerando que representa la voluntad expresa de las partes sin vicios que afecten su validez. La homologación implica que las partes aceptaron las condiciones pactadas, y el proceso se cierra con la homologación del acuerdo y la orden de registro y notificación. La resolución destaca: "Que las partes han arribado al acuerdo transaccional que se expresa en la presentación electrónica a despacho, solicitando su homologación judicial por el Juzgado." Además, se señaló que "representando dicha transacción una voluntad expresa de las partes, no apareciendo manifiesta, vicios dirigidos a la voluntad del mismo." La homologación se realiza en cumplimiento del acuerdo y en interés de dar una solución definitiva al conflicto, con costas en la forma pactada.
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