ROSSI CLAUDIA MARCELA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Declaración de herederos en sucesión ab-inventario de Claudia Marcela Rossi, con declaración de herederos a favor de sus hijas y cónyuge, conforme a la ley y al certificado de defunción. La sentencia ordena la apertura de la sucesión y la declaración de herederos, estableciendo la participación de los herederos en la herencia y el cese de intervención del Ministerio Fiscal.
Quién demanda: No corresponde en este caso, dado que es una resolución de declaración de herederos.
¿A quién se demanda?
No aplica, se trata de una declaración en un proceso de sucesión.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de herederos a raíz del fallecimiento de Claudia Marcela Rossi.
¿Qué se resolvió?
Se declaró en cuanto ha lugar por derecho, que las herederas universales son sus hijas Camila, Mercedes y Magdalena Rossi, y su cónyuge supérstite Gustavo Norberto de la Rosa, quien hereda en cuanto a sus bienes propios. La resolución ordena la inscripción registral correspondiente y la notificación digital a las partes.
Fundamentos principales de la decisión:
"Que con el certificado adjunto a la presentación electrónica de fecha 15 de Agosto de 2024 -DEMANDA
- SE PRESENTA (229100597021809100)
- se acredita el fallecimiento de CLAUDIA MARCELA ROSSI
- DNI 17.356.502
- ocurrido el día 17 de Octubre de 2022."
"Que de esa unión nacieron: CAMILA, con fecha 29 de Septiembre de 1990, MERCEDES, con fecha 24 de Febrero de 1992, y MAGDALENA, con fecha 6 de Marzo de 1996."
"Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, y los arts. 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de CLAUDIA MARCELA ROSSI
- DNI 17.356.502 -, le suceden en carácter de universales herederas sus hijas CAMILA DE LA ROSA Y ROSSI, MERCEDES DE LA ROSA Y ROSSI, y MAGDALENA DE LA ROSA Y ROSSI y su cónyuge supérstite GUSTAVO NORBERTO DE LA ROSA, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."
"Se deja constancia que
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