PARRA OSVALDO ALFREDO C/ CORONIO MARIO DANIEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La sentencia condenó a Mario Daniel Coronio y a la aseguradora a pagar $12.930.000 por daños en accidente de tránsito, confirmando la responsabilidad del conductor y la extensión de la responsabilidad a la aseguradora, tras analizar las pruebas y la mecánica del siniestro.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Osvaldo Alfredo Parra, demanda por daños y perjuicios a Mario Daniel Coronio y a la aseguradora La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros, por un accidente ocurrido el 24/2/2024 en San Antonio de Padua, Merlo, en el que sufrió lesiones graves tras ser embestido por el vehículo conducido por Coronio. La demanda solicita indemnización por daños materiales, daño moral, daños psíquicos, gastos médicos y otros conceptos, totalizando aproximadamente $13.489.706. El demandado, a través de su aseguradora, reconoce la relación asegurativa pero limita su cobertura a $39.000.000 y cuestiona la magnitud de los daños reclamados, negando responsabilidad en algunos aspectos y proponiendo que las lesiones no guardan relación causal con el accidente. La causa penal en trámite no obstó a la continuidad del proceso civil. El tribunal valoró las pruebas y concluyó que Mario Daniel Coronio, en su carácter de conductor y titular del vehículo Honda Fit dominio OTU-054, fue responsable del siniestro, atribuyéndole la responsabilidad objetiva prevista en los arts. 1757, 1758 y concordantes del CCyC. La mecánica del accidente y las constancias en la causa penal apoyaron esa conclusión. La aseguradora, por su parte, fue extendida en la condena en virtud de la responsabilidad contractual vinculada a la relación asegurativa, limitando la indemnización a la cobertura vigente. Se condenó a los demandados a pagar $12.930.000 en concepto de daños, con intereses del 6% anual desde el 24/2/2024, y se dispusieron las costas del proceso a cargo de los demandados. La sentencia además valoró los rubros de daño psíquico, daño material, gastos médicos, privación de uso y daño moral, estableciendo montos específicos para cada uno, ajustados a la realidad económica del país. La resolución judicial fue dictada en un marco de valoración probatoria exhaustiva, aplicando las normas del CCyC y la jurisprudencia del fuero, y considerando la inflación y la devaluación para la actualización de los montos indemnizatorios.
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