LOMBARDO RUBEN JOSE C/ AGROPECUARIA SANTA MARIA SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCONES S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA
La Cámara de Primera Instancia declaró fundada la demanda de prescripción adquisitiva de dominio a favor de Ruben José Lombardo, respecto del inmueble de Chivilcoy, tras acreditar la posesión de más de veinte años con actos posesorios y documentación probatoria. La decisión se fundamentó en la prueba documental y testimonial que acreditó la continuidad y el animus domini desde 1979, incluyendo pagos de impuestos y actos de uso y mantenimiento del bien. La sentencia dispuso que el dominio se adquiere desde el 5 de diciembre de 1979, y ordenó costas por su orden.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Ruben José Lombardo, demanda la declaración de dominio por prescripción adquisitiva contra Agropecuaria Santa Maria Sociedad en Comandita por Acciones, respecto de un inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad de Chivilcoy. La sentencia concluyó que el actor acreditó la posesión continua, pública y pacífica del inmueble durante más de veinte años, con actos que evidencian un "animus domini", y que esta posesión fue cedida por el anterior poseedor, Luis María Banchero, quien la mantuvo por más de 30 años. La decisión se fundamentó en la prueba documental (certificado de dominio, plano de mensura, recibos de impuestos, cesión de derechos), testimoniales (que confirmaron la ocupación y uso por parte del posesionario y cedente), y en el cumplimiento del plazo legal. Se dispuso la adquisición del dominio desde 1979, con costas a cargo de la demandada. La sentencia también destacó que la aplicación del derecho responde al Código Civil derogado, vigente en el momento de los hechos, y que la prueba fue suficiente para acreditar la posesión con animus domini desde el inicio.
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