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G. C. L. S/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

La sentencia de reevaluación de la capacidad jurídica de G. C. L. establece la restricción de su capacidad con la continuidad de la figura de apoyo del Curador Oficial, ajustando la intervención a los principios del nuevo Código Civil y Comercial en materia de incapacidad, con especial énfasis en la salud mental y derechos humanos.

Codigo civil y comercial Salud mental Capacidad juridica Derechos humanos Proteccion patrimonial Intervencion judicial Modificacion de capacidad Incidente de incapacidad Apoyo y tutela Restricciones de capacidad

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal revisó la sentencia de reevaluación en autos, dictada el 03/11/2020, en el contexto del cambio normativo introducido por el CCCN y la Ley de Salud Mental, que modificaron el criterio de incapacidad y la intervención judicial. Se realizó un examen interdisciplinario que concluyó que el causante requiere asistencia y supervisión en sus actividades cotidianas, con nivel bajo de capacidad intelectual y dificultades en la gestión patrimonial y en la comprensión del valor del dinero. La entrevista personal corroboró que, aunque es autosuficiente en alimentación y vestimenta, necesita apoyo para administrar sus bienes y decisiones jurídicas, y debe ser protegido en ámbitos que exceden lo patrimonial, incluyendo su salud y bienestar general. La resolución restringe su capacidad, estableciendo que deberá contar con apoyo para actos de disposición y administración patrimonial, requiriendo autorización judicial para actos de mayor trascendencia. Se ordena la continuidad de la figura de apoyo en cabeza del Curador Oficial, con funciones específicas de supervisión, asistencia, control del tratamiento médico y protección de derechos. La sentencia también dispone anotaciones registrales y medidas de protección patrimonial, con reconocimiento de la importancia de respetar los derechos humanos y la dignidad del causante. Fundamentos principales: "Actualmente se debe partir de la presunción de capacidad de todas las personas y sólo podrán disponerse restricciones puntuales y específicas." "El sistema de apoyos resulta ineficaz, el juez puede declarar la incapacidad y designar un curador." "El exámen interdisciplinario concluye que requerirá acompañamiento y supervisión permanente." "El causante no posee aptitudes para administrar bienes ni comprender el valor jurídico, por lo que requiere apoyo en actos jurídicos patrimoniales y en la protección de su salud." "El ámbito de los intereses tutelados es amplio y excede lo meramente patrimonial, incluyendo la salud y el bienestar del causante." "Se ordena la restricción de capacidad con figura de apoyo, manteniendo la tutela en cabeza del Curador Oficial, quien deberá supervisar y acompañar en los actos de disposición y administración, solicitando autorización judicial en actos de mayor relevancia."

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