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U., M. M. c/ OBRA SOCIAL UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió acción de amparo para obtener la cobertura de un sistema de conducción ósea Soundarc con procesador Baha 6 para su hija. La Cámara Federal confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda.

Amparo Persona con discapacidad Hipoacusia Cobertura de salud Sistema de conduccion osea


¿Quién es el actor?

M. M. U. en representación de su hija M. A. G.

¿A quién se demanda?

Obra Social Unión del Personal Civil de la Nación (OSUPCN)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Obtener la cobertura de un sistema de conducción ósea Soundarc con procesador Baha 6 para oído izquierdo, prescripto por la médica tratante.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que se acreditó la patología de hipoacusia neurosensorial profunda que padece la menor y la pertinencia de la prestación indicada por la médica tratante.
- Destacó que los médicos poseen amplia libertad para escoger el método de tratamiento, la que no puede ser limitada por el control administrativo de la obra social.
- Señaló que la obra social no demostró razones suficientes que justifiquen apartarse de la prescripción médica.
- Indicó que corresponde priorizar la tutela del derecho a la salud de la persona con discapacidad.

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