MIRANDA PAULA INES S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La jueza concede a Miranda Paula Inés el beneficio de litigar sin gastos en un proceso por daños y perjuicios. La resolución se fundamenta en el análisis de las constancias y documentación presentada, acreditando la situación económica de la demandante y la procedencia del beneficio conforme a las normas del CPCC.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La beneficiaria, Miranda Paula Inés, solicita y obtiene del tribunal la concesión del beneficio de litigar sin gastos en el marco de una demanda por daños y perjuicios contra Eugenio Indalicio Vega y la Cooperativa de Seguros Bernardino Rivadavia Limitada. La decisión se basa en las constancias del informe del Sintys, declaraciones testimoniales, declaración jurada patrimonial y documentación acompañada, que fueron valoradas de acuerdo con las reglas de la sana crítica y en cumplimiento de los artículos 78, 79, 81, 84 y 85 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. La jueza resolvió que la solicitante puede afrontar el proceso sin la carga de costas o gastos judiciales en tanto no mejore su situación económica, con lo cual se cumple el requisito legal para el otorgamiento del beneficio. Fundamentos principales: “Las constancias del informe del Sintys de fecha 30/9/24, la ratificación de las declaraciones de los testigos producidas el 20/3/25 y 13/5/25 y la declaración jurada patrimonial de fecha 27/12/24 y su documental de fecha 11/2/25, que la suscripta aprecia de acuerdo a las reglas de la sana crítica (art. 384, CPCC) y lo dispuesto por los arts. 78, 79, 81, 84 y 85 del Código citado,”. “Conceder a MIRANDA PAULA INES el beneficio de litigar sin gastos pedido con el alcance de las normas legales citadas, de modo que pueda afrontar el juicio que por Daños y Perjuicios interpusó contra VEGA EUGENIO INDALICIO y SEGUROS BERNARDINO RIVADAVIA COOPERATIVA LIMITADA, sin el pago de costas u otros gastos judiciales en tanto no mejore de fortuna.” Discrepencias o votos en disidencia: No se reportan.
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