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DE LUCA, ARMANDO ENRIQUE Y OTRO c/ JEMOLI, GUILLERMO PATRICIO Y OTROS s/NULIDAD DE ESCRITURA/INSTRUMENTO

Los actores reclamaron la nulidad de una escritura de venta por entender que los vendedores no tenían dominio sobre el inmueble. La Cámara de Apelaciones confirmó la decisión que declaró la nulidad de la venta al considerar que el notario debió extremar los recaudos para verificar la legitimación de los enajenantes.

Nulidad de escritura Estudio de titulos Funcion notarial Legitimacion de los vendedores Subasta judicial Venta a non domino

Actor: Armando Enrique De Luca y Alfredo De Luca Demandado: José Luis Santos (escribano), Guillermo Patricio Jemoli, Alejandro Sergio Jemoli y Hugo Orlando Cueto Objeto: Nulidad de escritura de venta del inmueble La Cámara hizo lugar a la demanda y declaró la nulidad de la escritura de venta, al considerar que el escribano demandado no cumplió con su deber de verificar la legitimación de los vendedores, quienes habían sido desposeídos del inmueble en un anterior juicio de ejecución hipotecaria. La Cámara entendió que el estudio de títulos es una exigencia propia de la función notarial, para asegurar la regularidad del acto y la protección del tráfico jurídico, más allá de que en el caso el comprador pretendiera eximirlo del análisis de los antecedentes. Los jueces destacaron que la falta de inscripción de la subasta judicial no impedía declarar la nulidad de la venta posterior efectuada por quienes ya no eran los titulares registrales del inmueble.

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