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BARRAZA SANDRA SUSANA S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)

Decreto de quiebra de Sandra Susana Barraza, con varias medidas precautorias y administrativas, incluyendo inhibiciones, embargo de haberes, clausura y conducción del proceso de liquidación. La resolución se fundamenta en la ley 24.522 y en la necesidad de administrar y realizar los bienes del fallido, ordenando notificaciones, publicación de edictos y otras medidas cautelares para garantizar la efectividad del proceso concursal.

Quién demanda: La justicia en ejercicio de sus funciones en el trámite de la quiebra de Sandra Susana Barraza.

¿A quién se demanda?

A Sandra Susana Barraza, DNI 24080228, con domicilio en calle Roque Saenz Peña N° 4.422, Olavarría.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de quiebra, la designación de síndico, y la adopción de medidas cautelares para la administración y liquidación de sus bienes, incluyendo inhibiciones, embargo de haberes, clausura del establecimiento y prohibición de salida del país.

¿Qué se resolvió?

Se decreta la quiebra de la fallida, se ordena la publicación de edictos, la designación de síndico, y medidas precautorias como inhibiciones y embargo de haberes, además de ordenar la entrega de documentación, clausura del establecimiento, y establecimiento de cuentas judiciales. También se ordena la suspensión de pagos y la intercepción de correspondencia, además de gestionar las acciones judiciales pendientes. La resolución se basa en las disposiciones de la Ley 24.522, y busca asegurar la conservación y realización de los bienes del fallido para satisfacer los créditos. Fundamentos principales de la decisión: "Atento la declaración de quiebra solicitada y conforme con lo dispuesto por los arts. 77 inc. 3º, 78, 79 inc.1, 86, 88, 89, 103, 106, 107, 109, 110, 114, 125, 126, 132, 177, 180, 200, 203, 234, 288, 289 y concds. de la ley 24522". "Decretar el estado de quiebra de SANDRA SUSANA BARRAZA, DNI 24080228, con domicilio real en calle Roque Saenz Peña n° 4.422 de la ciudad de Olavarría". "Se ordenan las medidas precautorias, incluyendo inhibiciones, embargo de haberes, clausura del establecimiento, suspensión de pagos y prohibición de salida del país, con el fin de asegurar la masa activa y garantizar la efectividad del proceso concursal". "Asimismo, dispónese la publicación de edictos y la anotación en el Registro de Juicios Universales, y la gestión de los bienes, en cumplimiento

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