ZELASCHI, ANDREA FABIANA S/ DETERMINACIÓN DE LA CAPACIDAD JURÍDICA
La sentencia determina la restricción de la capacidad jurídica de Andrea Fabiana Zelaschi, designa apoyos y establece medidas para promover su autonomía, en línea con la legislación internacional y el nuevo paradigma en salud mental. La decisión respeta sus derechos y promueve la protección integral de su persona.
¿Quién es el actor?
La parte actora (representada por la Asesora de Incapaces).
- A quien se demanda: Andrea Fabiana Zelaschi, por la determinación de su capacidad jurídica.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de que Andrea no se encuentra en ejercicio pleno de su personalidad jurídica y la designación de apoyos específicos para su protección y asistencia.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se declaró a Andrea Fabiana Zelaschi en situación de restricción de capacidad, con apoyo de Julia Mabel López y Oscar Raúl Zelaschi, para actos patrimoniales y de gestión personal, estableciendo las limitaciones y obligaciones correspondientes, en línea con la normativa y derechos internacionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De las pericias interdisciplinarias obrantes en autos, así como de la documentación presentada por el peticionante en su escrito de inicio, se deprende que Andrea Fabiana ZELASCHI, padece Psicosis crónica tipo esquizofrenica, lo que hace viable la acción impetrada por la misma y justifica la actuación de este Juzgado. La nueva normativa, en línea con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, prioriza un sistema de apoyos y asistencia, en lugar de la incapacitación sustitutiva, promoviendo la autonomía y la dignidad de la persona." "El sistema actual, inspirado en los principios internacionales, permite que Andrea Fabiana continúe con sus actividades cotidianas, pero requiere apoyo para decisiones patrimoniales y médicas, garantizando su participación y respeto a sus derechos fundamentales." "Por ello, se designan apoyos a sus padres, con funciones específicas, y se establecen restricciones para actos de disposición y gestión patrimonial, asegurando el respeto por su dignidad y autonomía, en línea con los compromisos internacionales asumidos por Argentina."
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