ZAPATA FARIELLO TOMAS ISMAEL Y OTRO/A C/ BARBARISI EZEQUIEL DAVID Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La homologación judicial de acuerdo entre las partes en un proceso por daños y perjuicios en accidente de tránsito. La Cámara homologó el acuerdo, confirmando la voluntad de las partes y la ausencia de vicios en el acto, y dispuso la imposición de costas a la demandada en garantía.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso fue llevado por Tomas Ismael Zapata Farriello y otro/a contra Ezequiel David Barbarisi y otro/a, por daños derivados de un accidente de tránsito. Las partes alcanzaron un acuerdo que fue presentado y solicitado su homologación judicial. La resolución judicial consideró que la transacción representaba la voluntad expresa de las partes, sin vicios en el acto, y decidió homologar dicho acuerdo. Además, se impusieron costas a la parte en garantía, conforme a la cláusula cuarta y el art. 73 del CPCC. El tribunal también dispuso la regulación de honorarios y la liquidación de tributos, en línea con la normativa procesal y sustantiva aplicable. La decisión se fundamenta en la normativa del Código Civil y Comercial, específicamente en los arts. 958 y 959, y en los arts. 1641, 1642 y 1643, confirmando que la voluntad de las partes fue expresada claramente y sin vicios. La homologación se realiza para dar eficacia al acuerdo y evitar ulterior litigio, con la expresa voluntad de las partes de resolver el conflicto mediante transacción.
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