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PLANEAMIENTO FIDUCIARIO SA c/ EDENOR SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La actora Planeamiento Fiduciario SA recurrió la regulación de honorarios, y la Cámara Contencioso Administrativo Federal modificó los montos fijados a favor de los profesionales intervinientes.

Regulacion de honorarios Profesionales intervinientes Camara contencioso administrativo federal Merito de la labor Valor del juicio.


¿Quién es el actor?

Planeamiento Fiduciario SA

¿A quién se demanda?

EDENOR SA

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios de los profesionales intervinientes en el proceso.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó los montos de los honorarios regulados de primera instancia a favor del letrado de la actora (Dr. Leandro Sivak) y del perito arquitecto (Eduardo Ramón Buxadera).

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La regulación de honorarios debe atender al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional, y no solo al valor del juicio.
- Se deben ponderar diversos factores como la complejidad, responsabilidad asumida, contribución a la solución del pleito, etc.
- La Corte Suprema ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones, debiendo ajustarse al mérito de la labor.
- Luego de evaluar esos parámetros, la Cámara elevó los honorarios del letrado a $9.168.801 (125,25 UMA) y redujo los del perito a $2.635.344 (36 UMA).
- Además, reguló honorarios adicionales por tareas en la instancia de apelación.

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