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VIGNA, NORBERTO JULIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes en su haber previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia de primera instancia y declaró la inconstitucionalidad de la fórmula de movilidad prevista en la ley 27.609 a partir del año 2022.

Seguridad social Movilidad jubilatoria Inconstitucionalidad Ley 27.609 Ipc Ripte

Reajustes varios en su haber previsional
- Decisión: La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda. Declaró la inconstitucionalidad del decreto 807/16 y ordenó la actualización de las remuneraciones. Respecto a la movilidad, declaró la inconstitucionalidad de la ley 27.609 a partir de 2022 y dispuso un mecanismo de actualización trimestral en base al 50% IPC y 50% RIPTE.
- Fundamentos:
- La CSJN estableció que es competencia del Congreso determinar el índice de actualización de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial.
- Respecto a la movilidad, si bien es facultad del Poder Legislativo regularla, los tribunales deben analizar si la fórmula implementada cumple de manera efectiva con la garantía constitucional, evitando que se genere un deterioro del poder adquisitivo de los beneficios.
- En el caso, la fórmula de la ley 27.609 generó un desfasaje entre la movilidad aplicada y los principales indicadores, provocando una significativa pérdida del poder adquisitivo de los haberes previsionales.

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