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ZAMBRANA, JORGE LUIS c/ ANSES s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO

El actor impugnó el método de movilidad jubilatoria, la Cámara Federal declaró inconstitucional la fórmula prevista en la ley 27.609 y ordenó aplicar una nueva metodología de ajuste.

Inconstitucionalidad Garantia constitucional Movilidad previsional Ley 27.609 Ajuste ipc-ripte

Impugnación de acto administrativo respecto al método de movilidad de su haber previsional.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Rechazó el pedido de inconstitucionalidad de la ley 27.426, pero declaró inconstitucional el art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022. Ordenó aplicar una fórmula de ajuste trimestral compuesta en un 50% por variaciones en el IPC y 50% por variaciones en el índice RIPTE.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La movilidad previsional es una garantía constitucional que debe asegurar el mantenimiento del nivel de vida de los beneficiarios.
- Si bien el Poder Legislativo tiene facultad para reglamentar la movilidad, debe hacerlo de manera razonable y evitar reducciones confiscatorias.
- La fórmula de la ley 27.609 generó una depreciación acumulada de los haberes del 97,29% respecto al IPC y 66,18% respecto al RIPTE, lo que viola la garantía de movilidad.
- Corresponde ordenar una fórmula de ajuste trimestral en base a IPC y RIPTE para restablecer el poder adquisitivo de los haberes.

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